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DGP obtiene un laudo arbitral europeo en favor de SIBUR en disputa de suministro relacionada con sanciones

Oct 14, 2026 6:07 AM ET

El tribunal concede danos y perjuicios tras determinar que los acontecimientos de febrero de 2022 no eximen por si mismos al proveedor de cumplir sus obligaciones contractuales.

Dyakin, Gortsunyan & Partners (DGP) ha representado con exito a una compania del grupo SIBUR Holding en un arbitraje comercial internacional en Europa contra la filial europea de un grupo internacional con sede en Estados Unidos. El tribunal estimo la reclamacion de SIBUR y concedio danos y perjuicios derivados del incumplimiento por parte del proveedor de un contrato de suministro tras el estallido de las hostilidades en Ucrania en febrero de 2022.

La disputa

El proveedor se nego a cumplir el contrato en el entorno sancionador y regulatorio alterado tras febrero de 2022. SIBUR tuvo que obtener mercancias de sustitucion de proveedores alternativos a un coste superior y busco recuperar las perdidas resultantes en el arbitraje.

El procedimiento fue administrado bajo las normas de una institucion arbitral europea. El contrato se regia por la ley sustantiva de un Estado europeo y por la Convencion de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderias (CISG), y todos los miembros del tribunal eran nacionales europeos. La laudo fue dictado en el verano de 2026. Por razones de confidencialidad, no se divulgan el demandado, la institucion arbitral ni la cuantia de los danos otorgados.

Conclusiones clave

Al conceder los danos y perjuicios, el tribunal realizo una serie de conclusiones relevantes para el cumplimiento contractual en un contexto de sanciones:

  • Fuerza mayor. Los acontecimientos del 24 de febrero de 2022 no constituyeron, por si mismos, fuerza mayor ni liberaron al proveedor de sus obligaciones contractuales. El proveedor tuvo que acreditar circunstancias especificas que impidieran el cumplimiento del contrato concreto, incluyendo por medios alternativos.
  • Situacion sancionadora. El tribunal rechazo la afirmacion del demandado de que SIBUR estaba sujeto a sanciones de bloqueo de la UE.
  • Prueba de no estar sancionado. El tribunal admitio documentos de la empresa, incluida informacion sobre propiedad y control, como prueba de que las restricciones pertinentes no se aplicaban. Una contraparte que afirmara lo contrario necesitaba pruebas especificas y contundentes en lugar de suposiciones.
  • Deber de solicitar autorizacion. Las obligaciones del proveedor incluian solicitar a las autoridades locales competentes cualquier permiso requerido para realizar la entrega.

Por que el laudo importa

El laudo ilustra que las referencias generales a desarrollos geopoliticos o a un entorno sancionador en evolucion pueden no bastar, por si solas, para eximir del incumplimiento contractual. Una parte que se apoye en obstaculos relacionados con sanciones puede necesitar identificar el impedimento juridico especifico, justificar por que el cumplimiento no fue posible y demostrar que medidas tomo para actuar conforme a la ley, incluyendo la solicitud de las autorizaciones necesarias.

La decision tambien ofrece una orientacion util sobre la diligencia debida en materia de sanciones. El hecho de que una empresa no figure en una lista de sanciones no pone fin al analisis, ya que tambien puede ser necesario considerar la propiedad y el control. Al mismo tiempo, el enfoque del tribunal en este caso indica que una contraparte debe contar con una base probatoria adecuada antes de rechazar la informacion corporativa facilitada para acreditar la ausencia de sanciones.

Dmitry Dyakin, socio y director de resolucion de disputas, DGP:

“Este es un resultado importante para nuestro cliente y una ilustracion util de como los tribunales pueden abordar el incumplimiento contractual en un contexto de sanciones. El laudo demuestra que una referencia general a acontecimientos geopoliticos o sanciones no es necesariamente suficiente: la parte que se niega a cumplir debe acreditar el obstaculo juridico especifico y demostrar las medidas que tomo para superarlo. Tambien es notable que estas conclusiones se alcanzaran en un procedimiento administrado por una institucion europea, bajo ley sustantiva europea y ante un tribunal compuesto integramente por nacionales europeos.”

Equipo de DGP

El equipo de DGP estuvo dirigido por los socios Dmitry Dyakin, jefe de resolucion de disputas, y Vsevolod Taraskin, e incluyo a la counsel Tatiana Polevshchikova, al asociada senior Ilya Simon Goldstein, a los asociados Matvey Tarasov y Elena Murashko, y al asociado junior Denis Zholob.

La practica de resolucion de disputas de DGP representa a clientes en arbitrajes internacionales complejos, incluidas disputas relacionadas con sanciones ante instituciones arbitrales extranjeras.

Dyakin, Gortsunyan & Partners (DGP) es un bufete de abogados ruso con presencia internacional, fundado en 2018. Se especializa en resolucion de disputas, incluido el arbitraje internacional, y asesora en transacciones de M&A y proyectos complejos.

Sitio web: https://dgpartners.legal/ 


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